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Ejemplos:
Cuando se trate de rendimientos de actividades económicas, las reducciones serán aplicables en caso de que se cumplan los siguientes requisitos:
Que los rendimientos se determinen mediante el método de estimación directa (en el caso de estimación directa simplificada, la reducción será incompatible con la de gastos de difícil justificación).
Que todas las entregas de bienes o prestaciones de servicios se efectúen a una única persona física o jurídica no vinculada.
Que los gastos deducibles no excedan del 30% de los rendimientos íntegros declarados.
Que se cumplan determinadas obligaciones formales y de información.
Que no se perciban rendimientos del trabajo. No obstante, este requisito se entenderá cumplido aunque se perciban prestaciones por desempleo y prestaciones de Planes de Pensiones y similares siempre que su importe no supere los 4.000 euros.
Que al menos el 70% de los ingresos estén sujetos a retención o ingreso a cuenta.Que no se realicen actividades a través de entidades en régimen de atribución de rentas.
En el caso de que no se cumplan los requisitos indicados, y siempre que las rentas no exentas sean inferiores a 12.000 euros, los contribuyentes podrán reducir su rendimiento neto en las siguientes cuantías:
Cuando la suma de las citadas rentas sea igual o inferior a 8.000 euros anuales: 1.620 euros anuales.Cuando la suma de las citadas rentas esté comprendida entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales: 1.620 euros menos el resultado de multiplicar por 0,405 la diferencia entre las citadas rentas y 8.000 euros anuales.
Cuando se trate de rendimientos de actividades económicas, las reducciones serán aplicables en caso de que se cumplan los siguientes requisitos:
Que los rendimientos se determinen mediante el método de estimación directa (en el caso de estimación directa simplificada, la reducción será incompatible con la de gastos de difícil justificación).
Que todas las entregas de bienes o prestaciones de servicios se efectúen a una única persona física o jurídica no vinculada.
Que los gastos deducibles no excedan del 30% de los rendimientos íntegros declarados.
Que se cumplan determinadas obligaciones formales y de información.
Que no se perciban rendimientos del trabajo. No obstante, este requisito se entenderá cumplido aunque se perciban prestaciones por desempleo y prestaciones de Planes de Pensiones y similares siempre que su importe no supere los 4.000 euros.
Que al menos el 70% de los ingresos estén sujetos a retención o ingreso a cuenta.Que no se realicen actividades a través de entidades en régimen de atribución de rentas.
En el caso de que no se cumplan los requisitos indicados, y siempre que las rentas no exentas sean inferiores a 12.000 euros, los contribuyentes podrán reducir su rendimiento neto en las siguientes cuantías:
Cuando la suma de las citadas rentas sea igual o inferior a 8.000 euros anuales: 1.620 euros anuales.Cuando la suma de las citadas rentas esté comprendida entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales: 1.620 euros menos el resultado de multiplicar por 0,405 la diferencia entre las citadas rentas y 8.000 euros anuales.
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