• Asignatura: Historia
  • Autor: tornilllo3604
  • hace 9 años

Diferencias entre presidente y secretario general , .

Respuestas

Respuesta dada por: gefafsa
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Secretario General

El titulo VII establece los deberes que les corresponde, entre los mas importantes se encuentran:

1-      Cumplir los acuerdos del Directorio.

2-      Llevar el libro de actas del Directorio y de las Asambleas generales y el libro de registro de socios.

3-      Despachar las citaciones a Asambleas generales y publicar los avisos de las mismas.

4-      Vigilar que los socios cumplan con las funciones y comisiones que correspondan según estatutos y reglamentos o las que hayan sido encomendadas para el mejor funcionamiento de la Corporación.

5-      Firmar las actas en calidad de Ministro de fe y otorgar copias de ellas debidamente autorizada con su firma, cuando un socio activo se lo solicite.

En caso de ausencia o imposibilidad transitoria, será subrogado por el Tesorero.

Presidente 

Como vimos, el Directorio está compuesto por 19 miembros, dentro de ellos el mas importante es el Presidente, quien a su vez se le reconoce como Presidente de la Corporación y Presidente de la Mesa Directiva.

Como tal, tiene diferentes funciones que veremos a continuación:

1-      Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación.

Para graficar lo anterior podemos decir en términos generales que una representación judicial es la realizada dentro de una diligencia o proceso judicial, por lo que el Presidente necesariamente tendría que contar con asesoría legal. Un representación extrajudicial, en cambio es una reunión o trámite NO Judicial, pero que puede requerir cierta importancia.  A diferencia de la anterior la asesoría legal no es necesaria.

2-      Convocar a Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias cuando corresponda y citar a reuniones al Directorio y a la Mesa Directiva.

Hay que recordar sobre este punto, que la Asamblea General Ordinaria es anual y solo se podrá convocar dentro de los meses de Abril y Mayo de cada año, las Asambleas Generales extraordinarias podrán ser convocadas por tres vías, una de ellas era la relacionada con la convocación directa del Presidente.

3-      Presidir las reuniones del Directorio, Mesa Directiva y Asambleas Generales.

Respecto a este punto una de las manifestaciones más importantes se encuentra en el artículo trigésimo que señala que el que en caso de empate en la adopción de los acuerdos decidirá el voto del presidente.

4-      Ejecutar los acuerdos del Directorio y la Mesa Directiva.

5-      Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general de actividades de la institución.

6-      Nombrar comisiones de trabajo que estime convenientes.

7-      Firmar documentación propia del cargo y las que deba realizar como representante de la Corporación, a su vez, junto con el tesorero deberá firmar cheques, giro de dinero, letras de cambio, balances y en general todo lo relacionado a movimientos de fondo de la Corporación.

8-      Dar cuenta anualmente en la Asamblea General ordinaria sobre la marcha de la institución y el estado financiero.

9-      Resolver cualquier asunto urgente que se presente.

10-   Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la corporación.

11-   Las demás atribuciones que determine el estatuto y reglamentos. En este último punto se presenta el siguiente problema: ¿Cuáles son las atribuciones que determinan los reglamentos? Recordemos que el Directorio es el encargado de dictarlos y de aplicarlos en forma provisoria, aun cuando una Asamblea General no los haya aprobado, entonces legítimamente surge la interrogante ¿Cómo podemos saber si dichas atribuciones dictadas sobrepasan a la función común de un Presidente de Corporación, beneficiando intereses propios?

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