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Incapacidad de hecho: la ley priva a las personas físicas de la facultad de obrar por sí misma, declarándolos incapaces, fundada en la falta o insuficiencia de su desarrollo mental (caso de las personas por nacer, los menores y los dementes) o la imposibilidad de poder manifestar su voluntad
Por ejemplo: "Los padres no pueden hacer contrato alguno con los hijos que están bajo su patria potestad".
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