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2
El tema de servicio público está estrechamente ligado a las "necesidades públicas".
Las necesidades públicas esenciales, que hicieron a la formación de los Estados (monárquicos o republicanos) son tres:
1- La defensa contra ataques externos,
2- Una fuerza que sostenga el orden interno (leyes),
3- La administración de Justicia.
Por eso estas necesidades se definen como: aquellas que constituyen la razón de ser del Estado mismo (más específicamente al Estado de Derecho/Republicano), por lo cual éste desaparecería como tal si dejase de cumplir esos cometidos esenciales. (VILLEGAS, H. 1980, p. 5)
A tales necesidades esenciales se las satisface con los "servicios públicos esenciales". Estos últimos se definen como: los inherentes a la soberanía del Estado, puesto que sólo pueden ser prestados por él en forma exclusiva e indelegable, haciendo uso de todas las prerrogativas emanadas de su poder de imperio, o sea, del poder de mando que como suprema autoridad pública se ejerce sobre quienes están sometidos a su jurisdicción soberana. (VILLEGAS, H. 1980, p. 7)
Ahora bien, como existen "necesidades públicas esenciales"; también están las "necesidades públicas relativas". Estas últimas están vinculadas al progreso y bienestar social, metas por las cuales el Estado debe velar en la medida de sus posibilidades materiales y sin que esté en juego la existencia del Estado mismo.
Ejemplos de necesidades públicas relativas son: educación, salubridad, asistencia social, transportes, comunicaciones, etc. También en esta última clasificación se encuentran las denominadas "copas de leche", es el desayuno que se brinda en colegios primarios cuyos estudiantes carecen de recursos económicos.
Para satisfacer tales necesidades públicas relativas el Estado realiza los "servicios públicos no esenciales". Estos no se consideran inherentes a la soberanía del Estado, por cuanto para su prestación no es ineludible la utilización de las prerrogativas emanadas del poder de imperio. Esto último significa que el Estado puede prestar el servicio público "auxiliado" por los particulares. Por eso, por ejemplo, el transporte urbano o interurbano de pasajeros puede ser prestado por una empresa comercial. Pero el Estado (Nacional o Provincial o Municipal) debe ejercer el control de la calidad de servicio e imponer el precio del servicio. O en otros casos, ser socio de tales empresas y tal sociedad se denomina "Sociedad estatal" o "Sociedad Anónima con participación estatal" según la legislación de cada país. Los mismo en la educación, existen colegios públicos como privados.
El sector privado es aquel que realiza "actos de comercio" y en la Argentina están definidos en el art. 8 del Código de Comercio. En cualquier otro país, la legislación comercial adopta el significado de "acto de comercio" en los respectivos Códigos de Comercio.
Las necesidades públicas esenciales, que hicieron a la formación de los Estados (monárquicos o republicanos) son tres:
1- La defensa contra ataques externos,
2- Una fuerza que sostenga el orden interno (leyes),
3- La administración de Justicia.
Por eso estas necesidades se definen como: aquellas que constituyen la razón de ser del Estado mismo (más específicamente al Estado de Derecho/Republicano), por lo cual éste desaparecería como tal si dejase de cumplir esos cometidos esenciales. (VILLEGAS, H. 1980, p. 5)
A tales necesidades esenciales se las satisface con los "servicios públicos esenciales". Estos últimos se definen como: los inherentes a la soberanía del Estado, puesto que sólo pueden ser prestados por él en forma exclusiva e indelegable, haciendo uso de todas las prerrogativas emanadas de su poder de imperio, o sea, del poder de mando que como suprema autoridad pública se ejerce sobre quienes están sometidos a su jurisdicción soberana. (VILLEGAS, H. 1980, p. 7)
Ahora bien, como existen "necesidades públicas esenciales"; también están las "necesidades públicas relativas". Estas últimas están vinculadas al progreso y bienestar social, metas por las cuales el Estado debe velar en la medida de sus posibilidades materiales y sin que esté en juego la existencia del Estado mismo.
Ejemplos de necesidades públicas relativas son: educación, salubridad, asistencia social, transportes, comunicaciones, etc. También en esta última clasificación se encuentran las denominadas "copas de leche", es el desayuno que se brinda en colegios primarios cuyos estudiantes carecen de recursos económicos.
Para satisfacer tales necesidades públicas relativas el Estado realiza los "servicios públicos no esenciales". Estos no se consideran inherentes a la soberanía del Estado, por cuanto para su prestación no es ineludible la utilización de las prerrogativas emanadas del poder de imperio. Esto último significa que el Estado puede prestar el servicio público "auxiliado" por los particulares. Por eso, por ejemplo, el transporte urbano o interurbano de pasajeros puede ser prestado por una empresa comercial. Pero el Estado (Nacional o Provincial o Municipal) debe ejercer el control de la calidad de servicio e imponer el precio del servicio. O en otros casos, ser socio de tales empresas y tal sociedad se denomina "Sociedad estatal" o "Sociedad Anónima con participación estatal" según la legislación de cada país. Los mismo en la educación, existen colegios públicos como privados.
El sector privado es aquel que realiza "actos de comercio" y en la Argentina están definidos en el art. 8 del Código de Comercio. En cualquier otro país, la legislación comercial adopta el significado de "acto de comercio" en los respectivos Códigos de Comercio.
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5
los servicios públicos son para toda la población mientras que los privados solo son par ciertas personas que los solocitan
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