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El Comité de Defensa Civil Distrital es presidido por el Alcalde Distrital y en ausencia de éste, asumirá la presidencia el Teniente Alcalde y por impedimento de éste, el Regidor que para este efecto, determine el Concejo Municipal. El Comité de Defensa Civil del Caserío o Anexo, es presidido por el Agente Municipal.
Explicación:
espero te sirva me puedes dar coronita por favor:33
bresia98marggy:
Aunque lo sacaste de google te doy coronita :)
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