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Las garantías constitucionales se definen como los medios o instrumentos que la Constitución
Nacional pone a disposición de los habitantes para sostener y defender sus derechos frente a
las autoridades, individuos o grupos sociales; mientras que las garantías procesales como "las
instituciones o procedimientos de seguridad creados a favor de las personas, para que
dispongan de los medios que hacen efectivo el goce de sus derechos subjetivos
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dispongan de los medios que hacen efectivo el goce de sus derechos subjetivos
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