Respuestas
Respuesta:
Tipos
Permanentes
El funcionamiento de las comisiones permanentes constituye la regla general dentro del marco de la labor legislativa. La actividad de las comisiones permanentes se desarrolla sobre la base de las sesiones del pleno. Son reuniones, las cuales tienen lugar siempre que concurra un número mínimo de ellos, en que los parlamentarios miembros pueden adoptar acuerdos válidos y que son de obligatorio cumplimiento tanto para los presentes como para el resto de los integrantes. Estas sesiones deben realizarse en la sala destinada a este efecto. En algunos países, estas sesiones son de carácter reservado en tanto que el público no tiene acceso a ellas, excepto las personas que hayan sido invitadas por la comisión para la ilustración de sus debates, y las audiencias legislativas públicas.
No permanentes
Según su duración, se distingue entre comisiones permanentes y no permanentes. Entre estas últimas se comprenden, a su vez, las especiales, las unidas y las mixtas
Explicación: