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Explicación:
La revocación de los actos administrativos es la facultad que compete a las Administraciones Pública para sustituir un acto inválido, dejándolo sin efecto, por otro conforme a derecho. La Administración Pública puede al declarar la nulidad, establecer la revisión del acto. En España en concreto, la encontramos en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
espero que ayude mucho
Respuesta:
la revocación es un modo de extinguir una relación jurídica o una causa de ineficacia del acto jurídico.
Es el acto donde todo acreedor puede decidir la extinción del negocio celebrado por el deudor en perjuicio.