Respuestas
Respuesta: b) En caso de infracciones en el comportamiento con el contrario a sancionar progresivamente (8:4).
c) Comportamiento antirreglamentario con motivo de la ejecución de un saque o lanzamiento del equipo contrario (16:7).
d) Actitud antideportiva de los jugadores o de los oficiales (17:11, 17:12 a y c). 17:2. La amonestación se comunica al jugador u oficial infractor y al anotador-cronometrador mostrando una tarjeta amarilla.
La tarjeta amarilla debe tener un tamaño aproximado de 12 x 9 cm. Los árbitros sólo deberían decretar una amonestación por jugador y un total de 3 por equipo. Un jugador excluido no debería ser amonestado posteriormente. Contra los oficiales no debe decretarse más que una sola amonestación.
17:3. Debe sancionarse con exclusión en los casos siguientes:
a) Cambios incorrectos o entrada en el terreno de juego antirreglamentariamente (4:4-6).
b) Por repetidas infracciones en el comportamiento con el contrario, de tal forma que tengan que ser sancionadas progresivamente (8:13).
c) Actitud antideportiva repetida por parte de un jugador en el terreno de juego (8:13, 16:7 y 17:11), o fuera del terreno de juego durante un tiempo muerto de equipo.
d) No dejar caer inmediatamente el balón cuando los árbitros toman decisiones contra el equipo en posesión del balón (13:8).
e) Por repetidas infracciones cuando el contrario va a efectuar un lanzamiento (16:7)
f) Descalificación de un jugador o de un oficial (17:5).