funciones que debe cumplir un presidente

Respuestas

Respuesta dada por: maycolpanza
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Respuesta:

debe cumplir en el orden y la responsabilidada academica

Respuesta dada por: yiyimontenegro8
2

Respuesta:

Corresponderán al Presidente del organismo las siguientes funciones:

1.- Ostentar la representación del organismo.

2.- Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Rectora y fijar el orden del día.

3.- Presidir, suspender y levantar sus sesiones.

4.- Moderar el desarrollo de los debates y dirimir con su voto de calidad los empates.

5.- Desarrollar la gestión económica conforme al presupuesto aprobado.

6.- Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del organismo.

7.- Ejercer las acciones legales necesarias en defensas de los intereses del organismo, dando cuenta a la Junta Rectora en la primera sesión que celebre.

8.- Resolver las reclamaciones previas a la vía civil o laboral.

9.- Adoptar, en casos de urgencia, las medidas necesarias en aquellos asuntos que sean competencia de la Junta Rectora, dando cuenta a ésta en la primera sesión que celebre.

10.- Contratar al personal al servicio del organismo y firmar los contratos de trabajo.

11.- Elaborar la liquidación del presupuesto y elevarla al Presidente de la Ciudad para su aprobación.

12.- Reconocer las obligaciones derivadas de gastos previamente aprobados y ordenar los pagos.

13.- Contratar obras, servicios y suministros de duración no superior a un año y que no excedan del 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto.

14.- Elaborar la memoria, los anteproyectos de presupuestos y sus modificaciones y el inventario de bienes para su elevación a la Junta rectora.

15.- Negociar el convenio colectivo con el personal, proponiendo su aprobación a la Junta Rectora.

16.- Elaborar y proponer a la Junta Rectora la plantilla orgánica del organismo y la relación de puestos de trabajo.

17.- Las funciones que la Junta Rectora le delegue.

18.- Suscribir convenios con entidades públicas o privadas tendentes al buen fin de la gestión tributaria.

19.- Cuantas otras no estén expresamente atribuidas a la Junta Rectora del organismo.

Explicación:

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