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254 inciso segundo del Código Orgánico de la Función Judicial
determina que el Consejo de la Judicatura es un órgano instrumental para asegurar el
correcto, eficiente y coordinado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales,
autónomos y auxiliares de la Función Judicial, sin que esto signifique atentar contra el
principio de independencia interna y externa de dicha Función del Estado.
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