de acuerdo a la ley 1864 del 2017, mediante la cual establece el delito de "mora en la entrega de documentos relacionados con una votación" el cual está en el artículo
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Artículo 393. Mora en la entrega de documentos relacionados con una votación.El servidor público que no haga entrega oportuna a la autoridad competente de documentos electorales, sellos de urna o de arca triclave, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años, multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo de la pena de prisión impuesta.
Explicación:
Fuente: internet
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