Respuestas
Respuesta:
Nuestra Constitución reconoce como titulares de derechos a las personas, las comunidades, pueblos y nacionalidades, los colectivos y la naturaleza. Los titulares pueden ejercer sus derechos de forma individual o colectiva.
Explicación:
La Constitución de 2008 reconoce la ciudadanía a los bolivianos que son descendientes de esclavos africanos, y a los afrodescendientes que habitan en Bolivia.
La Constitución de Bolivia de 2008
La Constitución de Bolivia de 2008 reconoce a los afrodescendientes como ciudadanos de Bolivia. Los afrodescendientes son aquellos que tienen ascendencia africana y que habitan en Bolivia. La Constitución reconoce tanto a los afrodescendientes como a los bolivianos que son descendientes de esclavos africanos.
Artículo 66. Todos los bolivianos son iguales ante la ley, sin discriminación por motivos de raza, color, género, edad, religión, opinión, origen nacional o social, condició5 económica, nacionalidad o cualquier otra circunstancia.
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