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Son métodos de investigación jurídica:
El funcionalista: en el que el objeto de estudio es la institucionalidad humana; a partir de sus funciones, lo que lo relaciona con el estructuralista, que estudia la antropología social, a partir de las relaciones entre individuos y la configuración de entidades.
El hipotético-deductivo: que organiza la investigación en torno a la experimentación, situándose entre los modelos positivistas, dentro del paradigma o enfoque, específicamente, de tipo cuantitativo, lo que aproxima al axiomático, en la medida en que el segundo postula y establece enunciados para la formulación teórica.
El exegético: que basa la investigación en la interpretación de la ley, lo que le hace muy similar al materialista-dialéctico, que establece a priori la irreductibilidad de las leyes como rectoras de la materia.
Entre los tres grupos de métodos las diferencias se reducen a los enfoques que las conforman.
El funcionalista: en el que el objeto de estudio es la institucionalidad humana; a partir de sus funciones, lo que lo relaciona con el estructuralista, que estudia la antropología social, a partir de las relaciones entre individuos y la configuración de entidades.
El hipotético-deductivo: que organiza la investigación en torno a la experimentación, situándose entre los modelos positivistas, dentro del paradigma o enfoque, específicamente, de tipo cuantitativo, lo que aproxima al axiomático, en la medida en que el segundo postula y establece enunciados para la formulación teórica.
El exegético: que basa la investigación en la interpretación de la ley, lo que le hace muy similar al materialista-dialéctico, que establece a priori la irreductibilidad de las leyes como rectoras de la materia.
Entre los tres grupos de métodos las diferencias se reducen a los enfoques que las conforman.
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