• Asignatura: Derecho
  • Autor: Queenfrank5586
  • hace 8 años

Los cambios constitucionales en vía de hecho por acciones constitucionales.

Respuestas

Respuesta dada por: elcordoves
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La Constitución política de una nación es la máxima instancia legal dentro de su ordenamiento jurídico, ésta viene dada por el texto en sí mismo de una Constitución escrita, pero también viene dada por la interpretación de la misma, a la luz de la Tradición Constitucional y más aún, a la luz del derecho constitucional comparado, del derecho internacional prerrogativo y del derecho público en toda su extensión. 

Por ejemplo, la prohibición recurrente a todas las constituciones de no discriminación, aunque está contenida en el texto constitucional, está desarrollada en todo el marco jurídico y está amparada por el derecho internacional en los convenios, acuerdos y sentencias emanadas con el fin de proteger el derecho a la igualdad. 

Los cambios constitucionales obedecen en muchas constituciones a acciones que pueden estar o no consideradas en el texto, como también pueden estar de algún modo amparadas por la tradición jurídica, quien decide cuáles acciones son constitucionales y cuáles no, es la más alta instancia judicial o la jurisdicción constitucional de la nación. 

Por vía de hecho se entiende que la costumbre ha hecho pesar determinada interpretación y por tanto desarrollo del derecho constitucional que alguna ley en particular, así pues puede llegar a ser peligroso para el ordenamiento jurídico pues al no estar regulado, el cambio puede consistir en una distorsión del texto e incluso una violación del espíritu de la ley. 
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