cuáles son las limitaciones de un gobernante en

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Respuesta dada por: nycollealexap31btq
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Nombramientos y ceses de altos cargos

Una de las primeras es que el presidente no tiene la facultad de nombrar nuevos ministros, ni altos cargos. Por eso, no se ha podido nombrar un relevo en la cartera de Industria, Turismo y Comercio, tras la renuncia en abril de José Manuel Soria, ni ahora tampoco se contará con nuevo ministro de Fomento en sustitución de la recién elegida nueva presidenta del Congreso, Ana Pastor.

José Manuel Soria presentó su renuncia en abril, tras aparecer relacionado en los 'Papeles de Panamá'.

El despacho ordinario de las responsabilidades de ese Ministerio será asumido por el Ministro de Justicia, Rafael Catalá, al igual que el de Economía y Competitividad, Luís de Guindos ha hecho con las del departamento dirigido hasta abril por Soria. Otros cargos también se han quedado a la espera de relevo, como el de la Dirección de General de Tráfico (DGT), tras la renuncia presentada hace unos días María Seguí, por su posible relación con un caso de financiación irregular. Las tareas serán asumidas por el secretario general del ente público, Cristóbal Cremades.

Control parlamentario limitado

Estos meses han dejado en el aire la discusión sobre si el Gobierno en funciones debe o no someterse al control del Parlamento. Las reticencias durante la llamada 'legislatura breve' de los ministros y del propio presidente a comparecer en las comisiones o el pleno del Congreso alegando estar en funciones y, por tanto, sin obligación de someterse al control de unas cámaras que no les han dado su confianza, se han topado con la interpretación de los grupos de la oposición que entienden que sí deben hacerlo.

El ministro de Defensa, Pedro Morenés, fue el primero en negarse a comparecer en el Congreso.

Ante esa negativa y rechazando los argumentos del Ejecutivo, decidieron presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional. Fue admitido a trámite el pasado 13 de junio y el Alto Tribunal podría pronunciarse en unos 2 o 3 meses, con las nuevas Cortes ya constituidas y con los grupos planteando peticiones. Más allá de estas cuestiones, las máximas funciones de control de la Cortes al Ejecutivo están limitadas, en la medida en que no se puede abordar ni una moción de censura, ni una cuestión de confianza.

Ni presupuestos, ni otros proyectos de ley

Esta última se le limita al Ejecutivo en funciones en esa Ley de Gobierno, en la que también se establece que no podrá aprobar el proyecto de presupuestos generales del Estado, ni presentar cualquier otro proyecto ley ante las Cortes. La elaboración de las cuentas para 2017 es una de las cuestiones que preocupa, ya que tendría que estar redactada antes del plazo del 30 de septiembre.



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