cuales fueron los puntos acordados en el convenio de giron entre los peruanos y colombianos , por favor
Respuestas
El Convenio de Girón fue un acuerdo firmado el 27 de febrero de 1829 como consecuencia de la batalla del Portete de Tarqui, en la cual se enfrentaron el ejército de la República de Colombia, al mando del mariscal Antonio José de Sucre; y el ejército de la República Peruana, al mando del general José de La Mar, Presidente Constitucional de la República.
Los objetivos del general peruano José de La Mar era evitar la anexión de las provincias norteñas de Tumbes, Jaén y Maynas a la Gran Colombia, por medio de un bloqueo naval y desembarco posterior en el puerto de Guayaquil.
Tras la batalla del Portete de Tarqui, el general José de La Mar firmó el Tratado de Girón el 28 de febrero pero no desocupó Guayaquil, aduciendo que consideraba vejatorio que Sucre ordenara se erigiera en el campo de batalla una columna en la que se leería en letras de oro lo siguiente:
«El ejército peruano de ocho mil soldados que invadió la tierra de sus libertadores fue vencido por cuatro mil bravos de Colombia el veinte y siete de febrero de mil ochocientos veinte y nueve».1
La Mar protestó en carta que dirigió a Sucre desde Gonzamaná y suspendió el Convenio de Girón hasta que se retiraran las injurias, estando dispuesto a renovarlo si se corregían los yerros señalados. Aunque Bolívarcon burla los calificó de «quejas de vieja», La Mar estaba dispuesto a continuar la guerra en caso que no se hicieran los desagravios correspondientes. Además, aducía que el tratado debía ser ratificado por el Congreso para que entre en vigor.
El tratado contenía los siguientes puntos:
1. El ejército peruano deberá desocupar todos los territorios del Estado de Quito.
2. La desocupación deberá realizarse el 2 de marzo de 1829 y terminar en el plazo improrrogable de 20 días.
3. En el Tratado definitivo, que deberá celebrase en Guayaquil, se resolverán todos los reclamos del Perú y Colombia.
4. Deberá desocuparse Guayaquil, levantándose el bloqueo del Norte.
5.- Para los asuntos limítrofes, se tomará como base el principio del uti possidetis iure de 1810.