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El Aguinaldo, te lo dan únicamente en dos ocasiones, en Fiestas Patrias y en Navidad, pero para ello tienes que tener ciertos requerimientos impuestos por la empresa contratante.
Entre los más comunes es que lleves mínimo 06 meses laborando en su empresa para poder recibir el aguinaldo, de lo contrario si estás en planilla debes recibir un porcentaje del aguinaldo, de acuerdo a los meses que lleves laborando en la empresa, lo cual sería 1/12 de tu sueldo correspondiente.
Cabe recalcar es que también hay empresas pertenecientes al E.R.L, que no están obligadas a darte aguinaldo así estés en planilla, debes haber leído el contrato que haz firmado antes de entrar en planilla.
De lo contrario si eres un trabajador que aún no está en planilla, no hay una responsabilidad legal en que se te entregue el aguinaldo, pero moralmente te lo puede entregar el jefe/dueño/encargado de pago de planillas.
Entre los más comunes es que lleves mínimo 06 meses laborando en su empresa para poder recibir el aguinaldo, de lo contrario si estás en planilla debes recibir un porcentaje del aguinaldo, de acuerdo a los meses que lleves laborando en la empresa, lo cual sería 1/12 de tu sueldo correspondiente.
Cabe recalcar es que también hay empresas pertenecientes al E.R.L, que no están obligadas a darte aguinaldo así estés en planilla, debes haber leído el contrato que haz firmado antes de entrar en planilla.
De lo contrario si eres un trabajador que aún no está en planilla, no hay una responsabilidad legal en que se te entregue el aguinaldo, pero moralmente te lo puede entregar el jefe/dueño/encargado de pago de planillas.
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