. En 10 líneas máximo pon tu criterio respecto a los derechos de la naturaleza contemplados en la Constitución de la República del Ecuador del 2008.

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Respuesta dada por: JoSinclair
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Considero difícil expresar en 10 lineas un análisis de un tema tan importante como la adjudicación de derechos a la naturaleza. Sin embargo aquí expongo los aspectos más relevantes:

Dentro de la construcción de la constitución ecuatoriana de 2008, aprobada en el año de 2008, queda asentado y manifiesto el derecho de la naturaleza y sus recursos, así como los mecanismos necesarios para su preservación. Inspirada por las prácticas y costumbre de los pueblos indígenas autóctonas, y todos los conflictos de orden político y medio-ambientales, nace por primera vez este derecho sobre los recursos naturales, implícito en el derecho ciudadano a exigir la protección de la naturaleza.


En el derecho establecido constitucionalmente se observan y evalúa el valor propio de la naturaleza, desde el punto de vista ecológico. Se fusionan entonces valores actuales con los valores propios del acervo histórico y cultural aborigen, estableciéndose tanto la protección, como la necesidad de renovar los recursos naturales.


El hecho de declarar derechos de la naturaleza implicó tanto una innovación, en el ámbito jurídico, como un cambio visible en cuanto a que los derechos sólo pertenecen a los ciudadanos.


Así es como el estado ecuatoriano asume las medidas encaminadas a la protección, preservación, y restauración, cuando así se requiera, de la naturaleza. Esto implica, además, la protección de todos aquellos individuos y actividades que dependan de los recursos naturales de la región.


Finalmente, cabe destacar que se autoriza a los ciudadanos al aprovechamiento racional de los recursos necesarios para su subsistencia, bajo la supervisión proteccionista de el gobierno y las autoridades competentes.

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