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27
Pueden señalarse cinco grandes limitaciones que causan los magros resultados:
Las inasistencias a las audiencia de conciliación,La falta de flexibilidad que se da a la posibilidad de adecuar los acuerdos a la naturaleza del derecho en litigio,La naturaleza pública de la audiencia,La incongruencia entre la actitud operadora del juez y la necesidad de una actitud conciliadora especializada en el juez conciliador; y,La ausencia de los ingredientes básicos de la conciliación, tiempo y dedicación.esto es lo que encontre espero que te ayude marca la como mejor respuesta :D.D
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13
1,Las inasistencias a las audiencia de conciliación,
2.La falta de flexibilidad que se da a la posibilidad de adecuar los acuerdos a la naturaleza del derecho en litigio,
3.La naturaleza pública de la audiencia,
4.La incongruencia entre la actitud operadora del juez y la necesidad de una actitud conciliadora especializada en el juez conciliador; y,
5.La ausencia de los ingredientes básicos de la conciliación, tiempo y dedicación.
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