Respuestas
Respuesta dada por:
23
La constitución de Honduras otorga al Poder Legislativo (Congreso Nacional) las siguientes atribuciones:
1. Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes;
2. Convocar, suspender y cerrar sus sesiones;
3. Emitir su Reglamento Interior y aplicar las sanciones que en el se establezcan para quienes lo infrinjan;
4. Convocar a sesiones extraordinarias de acuerdo con esta Constitución;
5. Incorporar a sus miembros con vista de las credenciales y recibirles la promesa constitucional;
6. Llamar a los diputados suplentes en caso de falta absoluta, temporal o de legitimo impedimento de los propietarios o cuando estos se rehúsen a asistir;
7. Hacer el escrutinio de votos y declarar la elección del Presidente y Vice-presidente de la República, Diputados al Congreso Nacional y al Parlamento Centroamericano y de los miembros de las Corporaciones Municipales, cuando el Tribunal Supremo Electoral no lo hubiese hecho.
1. Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes;
2. Convocar, suspender y cerrar sus sesiones;
3. Emitir su Reglamento Interior y aplicar las sanciones que en el se establezcan para quienes lo infrinjan;
4. Convocar a sesiones extraordinarias de acuerdo con esta Constitución;
5. Incorporar a sus miembros con vista de las credenciales y recibirles la promesa constitucional;
6. Llamar a los diputados suplentes en caso de falta absoluta, temporal o de legitimo impedimento de los propietarios o cuando estos se rehúsen a asistir;
7. Hacer el escrutinio de votos y declarar la elección del Presidente y Vice-presidente de la República, Diputados al Congreso Nacional y al Parlamento Centroamericano y de los miembros de las Corporaciones Municipales, cuando el Tribunal Supremo Electoral no lo hubiese hecho.
Preguntas similares
hace 6 años
hace 6 años
hace 6 años
hace 9 años