Respuestas
Artículo 1.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Artículo 2.
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Artículo 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6.
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7.
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
Artículo 8.
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes.
Artículo 9.
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10.
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
Artículo 11.
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 12.
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia.
Artículo 13.
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Artículo 15.
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 16.
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Artículo 17.
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18.Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Artículo 20.
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Artículo 21.
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Artículo 22.
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional,.
Artículo 23.
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Artículo 24.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
Artículo 26.
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria.
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Los Derechos Humanos son aquellos inherentes al ser humano sin distinción de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.
La lista de los derechos humanos está recogida en 30 artículos ratificados por la Asamblea General de la ONU en la Declaración Universal de Derechos Humanos, luego de la II Guerra Mundial.
A continuación se exponen los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos,
- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos
- Todas las personas somos iguales
- Derecho a la vida, a la libertad y a su seguridad personal.
- Prohibición de la esclavitud
- Prohibición de la tortura, a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
- Reconocimiento de su personalidad jurídica
- Todos somos iguales ante la ley, sin distinción
- Igual derecho a protección contra toda discriminación
- Derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes
- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado
- Personas tienen derecho a ser oídas públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
- Presunción de inocencia
- Prohibición de injerencias arbitrarias
- A circular libremente
- A solicitar asilo
- A la nacionalidad
- Al matrimonio
- A la propiedad
- Libertad de pensamiento y religión
- Libertad de opinión y expresión
- De asociación y reunión
- Seguridad social
- Satisfacción de derechos económicos, sociales y culturales.
- Al trabajo
- Descanso y tiempo libre
- Calidad y buen nivel de vida
- A tomar parte en la vida cultural de la comunidad
- A que se establezca un orden social e internacional para hacer efectivos estos derechos.
- Deberes respecto a la comunidad
- Ningún grupo o persona puede cometer actos para suprimir uno de estos derechos
1) Datos sobre la Declaración Universal de Derechos Humanos
- Proclamada en París por la Asamblea General de la ONU el día 10 de diciembre de 1948
- Son 30 artículos, traducidos a más de 500 idiomas
- Se creó la ONU como organismo para promover la paz y la Declaración para evitar el surgimiento de una nueva guerra.
2) Antecedentes:
- Declaración de Derechos Humanos de la Historia
- La Carta Magna (1215)
- La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789)
3) Principios de los Derechos Humanos
- Universales e inalienables
- Interdependientes e indivisibles
- Iguales y no discriminatorios
Accede a más información en:
Declaración Universal de Derechos Humanos
- https://brainly.lat/tarea/10591285
- https://brainly.lat/tarea/1765223
- https://brainly.lat/tarea/10182327
Definición de derechos humanos
- https://brainly.lat/tarea/925767
Nivel: Primaria
Asignatura: Ciencias sociales