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De acuerdo con lo señalado en el artículo 42 de la ley 136 de 1994, para ser elegido Concejal se requiere ser ciudadano en ejercicio y haber nacido o ser residente del respectivo municipio o de la correspondiente área metropolitana durante los seis 6 meses anteriores a la fecha de la inscripción o durante un período
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andinogianluca1:
Gracias por la ayuda :)
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re
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re
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