• Asignatura: Derecho
  • Autor: monse1d2017y1994
  • hace 9 años

articulos 34,35 y 36 ACTUALIZADOS de la constitucion mexicana

Respuestas

Respuesta dada por: mudkip28
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ARTICULO  35.  Modificado  por  el  artículo  1  del  A.L.  No.  1  de 1997. La extradición se podrá solicitar,  conceder u ofrecer de acuerdo con los tratados públicos y, en su defecto, con la ley.
Además,  la  extradición  de los colombianos por nacimiento  se  concederá  por delitos cometidos en  el exterior,  considerados como  tales en  la  legislación penal colombiana.La extradición no procederá por delitos políticos.No  procederá  la extradición  cuando  se trate de  hechos cometidos con anterioridad a la promulgación de la presente norma.








ARTICULO 36. Se reconoce el derecho de asilo en los términos previstos en la ley.

ARTICULO 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.

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