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En este sentido el Artículo 1171 del Código Fiscal establece que: Artículo 1171: La unidad monetaria de la República de Panamá, será el Balboa, o sea una moneda de oro con un valor de novecientos ochenta y siete y medio miligramos (0.9875) de peso, ochocientos veintinueve milésimos (0.829) de fino, divisible en cien centésimos (100/100).
Explicación:
El dólar estadounidense es la moneda oficial de Estados Unidos y de otros países y dependencias. Usualmente también se suele asociar el nombre empleado por la divisa con la circulación legal en ese país. Tras la ruptura del patrón oro en el año 1971, la moneda se convirtió, de facto, en una moneda fiat. 3
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