Respuestas
Respuesta: 1.- Ámbito de aplicación.- La presente ley reconoce las particularidades de las y los jóvenes y la necesidad de establecer mecanismos complementarios a los ya
existentes en el sistema jurídico, que promuevan el goce y ejercicio efectivo de sus
derechos y garanticen el cumplimiento de los deberes y obligaciones.
se considera a jóvenes entre 18 y 29 años de edad.
Art. 2.- Complementariedad.- La presente ley se basa en el principio de la
complementariedad, es decir, los mecanismos de promoción y garantía de derechos que se establecen, son adicionales a los ya existentes en la legislación nacional, en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos internacionales vigentes.
Art. 3.- Aplicación de la norma más favorable.- En todos los casos se aplicarán las normas más favorables para la vigencia de los derechos de los y las jóvenes o su sentido más favorable.
Art. 4.- Igualdad ante la ley y no discriminación.- Las normas de la presente ley, los derechos y garantías, se aplicarán a todos los y las jóvenes, de manera independiente a su condición familiar, social, cultural, religiosa, económica, racial, étnica, filiación política, opción sexual o cualquier otra condición personal o la de sus padres, representantes legales o responsables.
Art. 5.- Acción directa.- Los y las jóvenes pueden dirigir quejas y propuestas destinadas a la promoción y protección de sus derechos. Sin perjuicio de lo anterior todas las personas están obligadas a tomar medidas para la protección y garantía de los derechos de los y las jóvenes.
Explicación: nos que otra aaaaaa sorry amig@