• Asignatura: Derecho
  • Autor: jeanca225
  • hace 3 años

Art 71 del código administrativo

Respuestas

Respuesta dada por: silvestrejesus68
1

Respuesta:

Artículo 71. Autorización para recibir la notificación. Cualquier persona que deba notificarse de un acto administrativo podrá autorizar a otra para que se notifique en su nombre, mediante escrito que requerirá presentación personal.

Explicación:

Espero que te ayude :) si puedes pasa tu wsp para hablar


jeanca225: Claro bro es +593 986201991
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