Respuestas
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Respuesta:
Ser colombiano de nacimiento;
Haber cumplido cuarenta años;
Haber residido en la República seis años, a lo menos antes de la elección; pero esto no se entenderá en los que hayan estado ausentes en el servicio de la República.
Explicación:
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1
Respuesta:
Para ser Presidente o Vicepresidente de la República: Ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años (artículos 191 y 204, Constitución Política de Colombia).
Explicación:
ddc
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