• Asignatura: Derecho
  • Autor: sierranortee0
  • hace 3 años

Una pregunta
Cómo se puede denunciar a una persona que tiene fotos íntimas sobre alguien que conozco y quiere dejar en ridículo a mi conocida

Respuestas

Respuesta dada por: laicanciopablo
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Respuesta:

Si vives en México, por lo que tengo entendido existe la ley Olimpia que habla sobre la difusión de imágenes con contenido sexual de personas sin su consentimiento.

Tiene de 4 a 6 años de prisión. Desconozco sobre si está ley se aplique en otros países o si haya una similar.

Respuesta dada por: swagme
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Respuesta:

Antes que nada mi recomendación es que la víctima (en este caso tu conocida) haga una denuncia a las autoridades, y tú la apoyes en el proceso, ya sea como testigo de la situación, también pueden extraer evidencias y todo lo necesario para que se le hagan los cargos correspondientes a esa persona.

Explicación:

Ley:

El artículo 190 del Código Penal recoge el delito. Este artículo fue creado después de aprobarse en 2009 la Ley contra la violencia sexual, explotación y trata de personas.

Según el Código Penal, si alguien atenta contra la intimidad sexual de una persona y se apodera o capta “mensajes, conversaciones, comunicaciones, sonidos, imágenes en general o imágenes de su cuerpo para afectar su dignidad, será sancionado con prisión de uno a tres años”.

Esta misma sanción se impone contra personas que se apoderen, accedan, utilicen o modifiquen comunicaciones y datos reservados con contenido sexual “registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado”.

La pena sube de dos a cuatro años si estos datos o imágenes se difunden, se revelan o se ceden a terceras personas.

En mayo de 2017 se presentó en el Congreso de la República una iniciativa para reformar esta ley. La misma buscaba incrementar las sanciones por “difundir imágenes, videos o cualquier grabación audiovisual con contenido sexual de otra persona sin su autorización”. La iniciativa proponía una pena de cuatro a seis años de prisión, que aumentara en dos terceras partes en caso de cónyuges, parejas o si la víctima es menor de edad. Sin embargo, desde enero de 2018 se encuentra detenida, a la espera de una tercera lectura en el pleno del Congreso.

EVIDENCIA, ACOMPAÑAMIENTO Y DENUNCIA

Julia Barreda, del MP, explica que es importante que este tipo de hechos se presenten ante la fiscalía.

“Para la denuncia correspondiente sirve la información que pueda demostrar el hecho denunciado —aclara—. Los medios por los cuales se están compartiendo las fotografías y, muy importante, los datos de quien presuntamente está compartiéndolas. Algún número de teléfono, perfil de la red social, correo electrónico, enlace…”.

¡Fuerzas!

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