• Asignatura: Derecho
  • Autor: eliasfelaj
  • hace 2 años

¿Qué establece el art. 5 y 122 de la Constitución Nacional?

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Explicación:

Art. 5.- Toda persona tiene libertad de entrar, de permanecer en el territorio de la República y

salir de éste, salvo las limitaciones que la ley establezca.

Nadie puede ser obligado a cambiar de domicilio o residencia, sino por mandato de autoridad

judicial, en los casos especiales y mediante los requisitos que la ley señale.

No se podrá expatriar a ningún salvadoreño, ni prohibírsele la entrada en el territorio de la

República, ni negársele pasaporte para su regreso u otros documentos de identificación.

Tampoco podrá prohibírsele la salida del territorio sino por resolución o sentencia de autoridad

competente dictada con arreglo a las leyes.

Art. 122.- La Asamblea Legislativa se reunirá en la capital de la República, para iniciar su

período y sin necesidad de convocatoria, el día primero de mayo del año de la elección de sus

miembros. Podrá trasladarse a otro lugar de la República para celebrar sus sesiones, cuando

así lo acordare.

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