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Llamamos «democracia procedimental» a aquella conducta de elección o de resolución de una alternativa (o de un problema, o de una decisión) que consiste en que el grupo que quiere decidir pues, sencillamente, lo somete a votación.
Las democracias sustantivas o sustanciales, se caracterizan por poner el acento en la búsqueda de la igualdad, no sólo de la igualdad política sino también de la igualdad social, es decir, la igualdad de oportunidades en el acceso a la alimentación, a la vivienda, a la salud, a la educación y a todo aquello que implique condiciones dignas e igualitarias de existencia para todos los ciudadanos.
Explicación:
ckamila054:
uwu
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