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Hay que tener en cuenta que hay una serie de personas que según la legislación pueden oficiar una boda. La mayoría de las legislaciones civiles son similares y, salvo algunas excepciones, suelen ser determinados funcionarios públicos: el Juez encargado del Registro Civil, el Alcalde del municipio en donde se celebre el matrimonio, el concejal delegado por el Alcalde para esa función.
Explicación:
camiloarturo195:
wtf
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