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Aquí simplemente debes aplicar la tasa del 16% del valor del vehículo. La cual se encuentra establecida en el artículo 1o. de la Ley del IVA. O, la tasa del 8% del valor del vehículo si la importación se realiza por un importador residente en la región fronteriza.
Thediamondpro50:
no entendí
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