• Asignatura: Derecho
  • Autor: vaylen955
  • hace 3 años

6) ¿Por qué se reformó la Constitución Nacional a lo largo del tiempo?
doy coraon y estrella

Respuestas

Respuesta dada por: abrile15
2

Respuesta:

Innovadoras: pretenden introducir o suprimir normas nuevas que no estaban reguladas antes para dar lugar a un tipo de institución verdaderamente original.

Actualizadoras: su objetivo es reforzar el carácter de una institución ya existente o bien suprimirle elementos que ya no tienen razón de ser por su propia evolución.

Explicativas: su fin es explicitar el alcance de una norma constitucional que generalmente sea entendible por la sociedad.

Correctivas: pretenden enmendar las deficientes expresiones de los artículos sin alterar su contenido.

Explicación:

Clasificación de las Constituciones

Constituciones flexibles:

Son las que se puede reformar mediante una ley común de acuerdo al procedimiento ordinario de sanción de las leyes.

Si las normas constitucionales pueden ser modificadas por el legislativo ordinario de la misma manera que las demás leyes estamos frente a una constitución flexible.

Constituciones rígidas:

Son las Constituciones en las cuales existen ciertas formalidades que no existen en las ordinarias para reformarla y afirman que esto le da más estabilidad y mayor fuerza legal a las Constituciones. Ejemplos: La Constitución política de la República de Guatemala de 1985, la Constitución de Estados Unidos del 17 de septiembre de 1787, La Constitución Política de El Salvador de 1983 y la francesa del 3 de septiembre de 1791.

Las normas constitucionales que están colocadas por encima o fuera del alcance del poder legislativo, a razón de que habiendo sido dictadas por una autoridad superior “Asamblea Nacional Constituyente” no puede cambiarse. En consecuencia, la constitución rígida es la que no se puede reformar mediante una ley común sin un procedimiento especial distinto a las leyes y sectores.

Respuesta dada por: linsyhernandez11
0

Respuesta:

0 emitida durante el gobierno del doctor José Ramón al dolfo villeda Morales declaró a hondureña estado soberano en independiente reconociendo los derechos y garantías individuales reconocida en la Constitución anterior se prohibía la relaciones presenciales declarando que la violación a esta Norma daba derecho a la insurrección popular le da el carácter de instituciones de derecho público a los partidos políticos establecido el voto directo igualitario y secretos

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