La NORMA TÉCNICA DE SALUD Nº 110-MINSA/DGIEM-V.01 “INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN, para zona de servicio ambulatorio y diagnóstico; determina que el área mínima que debe ocupar el paciente es de 6 metros cuadrados. Si la zona tiene 20 metros de largo por 15 de ancho. Determine Ud. ¿Cuántos pacientes se atenderán en ese ambiente? *
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realmente quiero ayudarte pero nose................
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