Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
La propiedad de la tierra se concibe, en su esencia, como el más amplio, autónomo y soberano poder sobre superficies aptas para el cultivo en función de la producción, de la estabilidad y del desarrollo. La función legitima el poder, de modo que, incumplida aquélla, se extingue la ratio legis que legitima éste.
Preguntas similares
hace 3 años
hace 3 años
hace 3 años
hace 6 años
hace 6 años
hace 8 años
hace 8 años