• Asignatura: Geografía
  • Autor: samuelramirezgalvis1
  • hace 3 años

Durante siglo IV, ocurrió la división del imperio romano donde solo sobreviviría el oriente gracias a:
A- saqueo y el robo
B- Al robo y la servidumbre
C- Comercio y su ubicación geoestratégica
D- Comercio y su Ubicación aislada de las culturas orientales y occidentales

Respuestas

Respuesta dada por: saraturner1206
0

Respuesta:

La historia del derecho comercial no debe ser confundida con la historia del comercio, pues esta última nace

desde que se evidencia en el hombre la necesidad de intercambiar productos con otros semejantes, para

satisfacer sus necesidades y el surgimiento del Derecho Comercial como disciplina autónoma se presenta en

la edad media; razón por la cual la existencia de algunas normas jurídicas que aparecieron, inclusive siglos

antes del surgimiento del Imperio Romano, pueden llegar a constituir a lo sumo sus remotos antecedentes,

pero de ninguna manera constituyen un sistema de normas y principios que permitan inferir que se trate de

una disciplina homogénea y autónoma.

1.1.1 Relaciones mercantiles en la antigüedad

Está debidamente comprobado que los pueblos de la antigüedad tales como los egipcios, babilonios, asirios,

fenicios y griegos, debieron adoptar normas reguladoras en las que es posible encontrar rudimentos de

instituciones del Derecho Comercial.

En Egipto no se han encontrado vestigios de instituciones comerciales a pesar de que su pueblo sostuvo un

intenso intercambio con la India. Las actividades primordiales de los egipcios eran el pastoreo y la agricultura.

El comercio era ejercido por extranjeros caldeos, judíos y Griegos.

En la Civilización que floreció en las márgenes del Tigris y el Éufrates, no hay duda de que con anterioridad al

siglo XX antes de Cristo, había una actividad comercial muy activa y avanzada. En el código de Hamurabi

(promulgado veinte siglos antes de Cristo, en tanto que el Decálogo de Moisés data del siglo catorce antes de

Cristo) se encuentran disposiciones sobre préstamo a interés, el depósito, algunas formas de comisión,

arrendamiento de barcos, responsabilidad del dueño de la nave y del barquero y el abordaje.

A partir del S.XI antes de J. C., surgieron los semitas que poblaban a Siria y Palestina, entre los cuales se

destacaron los fenicios, navegantes y mercaderes que fundaron ciudades en las costas del Mediterráneo,

pero se desconocen sus instituciones jurídicas. En la isla de Rodas colonizada por ellos, se promulgaron las

leyes Rodias algunas de cuyas disposiciones incorporaron los romanos en el Digesto ( Lex Rodia iactu). En

ellas se han encontrado estudios sobre averías marítimas pues el cargador y el armador de un buque debían

contribuir para reparar al promotor de una expedición cuyas mercaderías habían sido arrojadas al mar para

aligerar la nave y salvarla (e

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