Respuestas
Respuesta:
El personero estudiantil es un alumno del último grado (11) que se encarga de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes tal y como lo contempla la Constitución Política del país, elegido democráticamente como lo dice el manual de convivencia. Sus funciones son diferentes a las del representante ante el consejo directivo, debe velar siempre por el respeto mutuo entre profesores y alumnos y presentar ante el rector las peticiones que considere pertinentes.
Explicacion:
El Personero de los estudiantes tendrá las siguientes funciones:
- Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
- Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
- Presentar ante el Rector, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
- Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
Respuesta:
El personero estudiantil promueve el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política y el Manual de Convivencia.
Explicación:
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