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principales diferencias:
Además del tiempo de tramitación, la DIA y el EIA se diferencian en que el EIA es más riguroso y exigente, precisamente porque reconoce que se afectará de forma sustantiva el medio ambiente.
Además, la Participación Ambiental Ciudadana (PAC) es obligatoria en el EIA y no en la DIA.
En el EIA también son obligatorias las medidas de mitigación, reparación y compensación, mientras que en la DIA el titular puede limitarse a realizar compromisos voluntarios (los que de todas formas son obligatorios de cumplir, pero no tienen el estándar adecuado de una medida de mitigación, reparación o compensación, necesariamente).
lugo44316:
Quiero la diferencia, no un concepto
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