Análisis del artículo 14 de la ley orgánica de educación. Ayúdenme por favor

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Respuesta dada por: ajesusabrahaam
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ARTÍCULO 14 La ley establecerá un régimen jurídico especial para aquellos territorios que por libre determinación de sus habitantes y con aceptación de la Asamblea Nacional, se incorporen al de la República.

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