Respuestas
Respuesta:
CAPÍTULO CUARTO
CONSENTIMIENTO DEL TITULAR
DEL BIEN JURÍDICO AFECTADO
Sumario: 1. Concepto legal, 1.1. Introducción; 2.Concepto doctrinal; 3. Planteamiento de la cuestión; 4.
Teorías sobre la naturaleza del consentimiento del sujeto pasivo; 4.1. Teoría de la capacidad de disposición
del bien; 4.2. Teoría del negocio jurídico o de la declaración; 4.3. Teoría de la acción jurídica o de la direc-
ción de la voluntad; 5. El fundamento del consentimiento del sujeto pasivo; 5.1. El consentimiento del
bien jurídico sea disponible; 5.2. El titular del bien quien presta el consentimiento tenga la capacidad jurí-
dica para disponer libremente; 5.3. Consentimiento sea expreso o tácito sin que medie algún vicio; 6. La
Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado a favor del consentimiento del pasivo.
1. Concepto legal
“Artículo 15. El delito se excluye cuando: [...]
III. Se actúe con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado,
siempre que se llenen los siguientes requisitos:
a) Que el bien jurídico sea disponible;
b) Que el titular del bien tenga la capacidad jurídica para dispo-
ner libremente del mismo; y
c) Que el consentimiento sea expreso o tácito y sin que medie algún
vicio; o bien, que el hecho se realice en circunstancias tales que
permitan fundamentalmente presumir que, de haberse con-
sultado al titular, éste hubiese otorgado el mismo;[...]”
1.1. Introducción
Resulta novedosa esta gura en nuestra legislación, ya que se introdujo en
el artículo 15 fracción III, en la reforma penal de 1994, que a la letra dice:
El consentimiento del titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro ha
venido tratándose como una circunstancia eximente de naturaleza extralegal.
El profesor QUINTERO OLIVARES se ha encargado de poner de ma-
niesto la dicultad que presenta establecer una doctrina general acerca
Explicación:
Espero y te ayude