ayuden es para hoy porfavor no respondan macanada o si no los reporto​

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Respuestas

Respuesta dada por: davidstickmurromer77
4

Respuesta:

Puntos hay les boy XD pos nose solo busco quien me ayude con esto

Explicación:

ARTICULO 1o. AMBITO DE APLICACION. La salud es un bien de interés público. En consecuencia,

las disposiciones contenidas en el presente Decreto son de orden público, regulan todas las

actividades que puedan generar factores de riesgo por el consumo de alimentos, y se aplicaran: a. A

todas las fábricas y establecimientos donde se procesan los alimentos; los equipos y utensilios y el

personal manipulador de alimentos. b. A todas las actividades de fabricación, procesamiento,

preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos en el

territorio nacional. c. A los alimentos y materias primas para alimentos que se fabriquen, envasen,

expendan, exporten o importen, para el consumo humano. d. A las actividades de vigilancia y control

que ejerzan las autoridades sanitarias sobre la fabricación, procesamiento, preparación, envase,

almacenamiento, transporte, distribución, importación, exportación y comercialización de alimentos,

sobre los alimentos y materias primas para alimentos. grax pir su atencion

Respuesta dada por: wandres0s3
1

Respuesta:

ya ya espera deja de publicarla seguidamente

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