¿sintetizar el beneficio posesión de la tierra indígena en Puebla y nacionalidades? ​

Respuestas

Respuesta dada por: medellinyanetholvera
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Respuesta:

El derecho internacional distingue entre las nociones de “tierra” y “territorio” para evidenciar la diferencia entre un  espacio físico o geográfico determinado (la  porción de tierra en sí) y la reproducción o manifestación de la vida cultural asociada  a ese espacio. […] Con la noción de  territorio no se protege un valor económico  sino el valor de la vida en general y de la  vida cultural en particular

Explicación:

espero q t sirva

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