sobre las bases del articulo que leiste escribe en tu cuaderno en tus propias palabras lo que significan las siguientes oraciones
• El Estado promoverá de forma prioritaria el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes.
• La sociedad promoverá de forma prioritaria el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes.
• La familia promoverá de forma prioritaria el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes.
• Atender al principio de interés superior de niños, niñas y adolescentes.
AYUDENME Y LES DOY CORONA
Respuestas
Respuesta:
Significado:
1. El Gobierno debe promover primero el bienestar de niños, niñas y adolescentes.
2. Todas las personas de todo ámbito debe promover primero el bienestar de niños, niñas y adolescentes.
3. Los familiares deben promover primero el bienestar de niños, niñas y adolescentes.
4. El estado, todas las sociedades, la familia, todos, debemos promover principalmente el interés y bienestar de niños, niñas y adolescentes.
Explicación:
Espero te ayude ;3 ♥
Respuesta:
Explicación:En armonía con el contenido del artículo 44 de la Constitución, “el Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas” , resulta interesante contrastar lo dicho por la Corte Constitucional frente al principio de interés superior y la protección reforzada de la que son titulares las niñas, los niños y adolescentes.
Así pues, la Corte ha señalado que los derechos de las niñas, los niños y adolescentes gozan de una especial protección, tanto en el ámbito internacional como nacional, considerando su situación de indefensión y vulnerabilidad y la necesidad de garantizar un desarrollo armónico e integral de dicho grupo social. ¿Pero cómo ha abordado la noción del principio de interés superior?
A más de realizar una mención expresa del artículo 11 del Código de la Niñez y la Adolescencia, la Corte Constitucional ha esgrimido que por el principio de interés superior de las niñas, los niños y adolescentes, dicho grupo de atención prioritaria tiene el status de sujetos de protección constitucional reforzada.
En síntesis, la protección constitucional reforzada que le asiste a las niñas, los niños y adolescentes, es un postulado básico que la Corte Constitucional se ha encargado de promover y desarrollar en su jurisprudencia.
Explicación: