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Las causas generales de extinción de las servidumbres son:
La resolución del derecho que las ha constituido.
La llegada del día o el cumplimiento de la condición, si se ha establecido de uno de estos modos.
La confusión, o sea la reunión perfecta e irrevocable de ambos predios en manos del mismo dueño.
La renuncia del dueño del predio dominante,
Se extingue las servidumbres por habrse dejado de gozar diez años.
Explicación:
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