¿Artículo 14 de la declaración universal de los pueblos indígenas de 2007?

Respuestas

Respuesta dada por: michellopez40
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Respuesta:

Artículo 14 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje.

Respuesta dada por: elizafuentes1082
5

Respuesta:

espero les ayude ....

Explicación:

feliz día bendiciones coronita por favor (ʘᴗʘ✿)(◔‿◔)

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