• Asignatura: Historia
  • Autor: xdysie
  • hace 4 años

que razones en favor del colonialismo se expone en el fragmento?​

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Respuesta dada por: sergiomiguel17
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Respuesta: No hay signos de interrogación en el título. Pido dar por sentado que algo está mal con el colonialismo. No se trata, en sí misma, de una concesión exigua; la historia del liberalismo está repleta de apologías, así como condenas hacia el colonialismo. Si piensan ustedes que éste puede justificarse, es poco probable que mis argumentos les resulten atractivos; pero si están de acuerdo con que algo debe estar mal con el colonialismo, tal vez deseen saber más acerca de la naturaleza exacta de este mal.

Es tentador responder a la pregunta siguiendo una de dos estrategias fundamentales para demostrar el mal del colonialismo: un argumento parte del nacionalismo y otro de los derechos territoriales. El presente artículo defiende una explicación alternativa, argumentando que el mal del colonialismo consiste en la creación y la defensa de una asociación política que niega a sus miembros términos de cooperación equitativos y recíprocos. Para analizar la naturaleza de ese mal no se necesita ningún compromiso con el nacionalismo o los derechos territoriales.

Aun así, permítanme comenzar con unas cuantas palabras acerca de ambos. Para la mayoría de las personas el nacionalismo es algo familiar, la idea de que los grupos culturales tienen el derecho prima facie a la autodeterminación. Que el mal del colonialismo se explica por la violación de tal derecho, tiene una larga tradición tanto en la teoría política como en el discurso político. “El poder”, declaró Gandhi en su famoso discurso de 1942, “Quit India”, .* "pertenecerá al pueblo de la India, y quedará en ellos decidir a quién se le confía tal responsabilidad..." (Gandhi, 2008: 784-786). “Nos guste o no, este crecimiento de la conciencia nacional es un hecho político” y “debemos aceptarlo como un hecho”, enfatizó el Primer Ministro Harold Macmillan en su igualmente famoso discurso “Winds of change” (Vientos de cambio), dirigido al parlamento sudafricano (2011: 122). Aunque pocos teóricos normativos tomarían las palabras de Macmillan en un sentido literal, el objetivo de este artículo no es discutir las objeciones potenciales a esta opinión. A muchos lectores el nacionalismo les seguirá pareciendo atractivo, pero es probable que muchos más estén interesados en una crítica del colonialismo que no requiera comprometerse con alguna de sus versiones, ya sea declarada o disfrazada, de tipo étnico o cívico.

El argumento de los derechos territoriales ha recibido mucha atención en la literatura reciente.1 Con frecuencia, se considera que los derechos de los grupos indígenas se relacionan con el territorio de un modo normativamente importante, como lo son los derechos sobre algún terreno, recursos específicos y al uso del espacio geográfico que pertenece a un grupo de personas en particular.2 Por ejemplo, la “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales” de la Organización de las Naciones Unidas de 1960 establece que “todos los pueblos tienen el derecho inalienable a la libertad absoluta, al ejercicio de su soberanía y a la integridad de su territorio nacional”.3 Otro ejemplo es el siguiente: el principio de “la soberanía permanente sobre los recursos naturales”, declarado en la Resolución 1803 (XVII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1962, surgió, en parte, como respuesta a la cuestión de si los estados descolonizados podían rechazar con toda libertad los contratos y concesiones firmados por sus amos coloniales así como ignorar los agravios de un Estado predecesor.4 Por último, la defensa de los derechos territoriales también podría ser crucial para comprender las demandas de restitución. Los argumentos de los pueblos indígenas con respecto al uso de tierras y recursos parecen cobrar fuerza a partir de una apelación a los derechos de las tierras de sus ancestros. Incluso en casos donde quizás estemos preparados para conceder que los cambios en las circunstancias implican la superación de los males del pasado colonial, rara vez se cuestiona el derecho que tienen los descendientes de grupos colonizados al territorio que perteneció a sus ancestros.5

El artículo se desarrolla de la siguiente manera. La sección II introduce algunas definiciones y aclaraciones. Las secciones III y IV desentrañan la crítica al colonialismo a partir de la defensa de los derechos territoriales. En las secciones V, VI y VII se desarrolla un análisis diferente acerca del colonialismo, uno que lo ve no como una violación de los derechos territoriales, sino como la encarnación de una forma de relación política objetable. En las secciones VIII y IX se examina una serie de objeciones. La sección X expone algunas implicaciones del argumento, para después concluir en la sección XI.

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