Respuestas
Respuesta:
Explicación:
DE LAS MATERIAS QUE NO PODRÁN SER OBJETO DE REFERÉNDUM
No podrán ser objeto de referéndum:
las relaciones internacionales, tratados, convenios o acuerdos internacionales;
las expropiaciones; la defensa nacional; la limitación de la propiedad inmobiliaria; las cuestiones relativas a los sistemas tributarios, monetarios y bancarios, la contratación de empréstitos, el Presupuestos General de la Nación, y las elecciones nacionales, las departamentales y las municipales.
Según el objeto
Referéndum de independencia: Si el objeto es la declaración de independencia.
Referéndum constitucional: Si el objeto es tema relacionado con una constitución.
Referéndum legal: Si el objeto está relacionado con una ley.
Referéndum revocatorio: Si el objeto es revocar un mandato de elección popular.