• Asignatura: Castellano
  • Autor: maria25042002
  • hace 9 años

Diferencia entre municipio y comunidad autónoma

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Respuesta dada por: Anónimo
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        La Comunidad Autónoma es el resultado de un largo proceso de  regionalismo sin regiones surgido en 1833,  que dio lugar a alzamientos federales (Cataluña, Aragón y Levante) así como al desacuerdo de algunas provincias que no aceptaron su ubicación en el mapa de las regiones administrativas, como fue el caso de Albacete (con Murcia) y Santander (con Castilla la Vieja). Tras los primeros intentos serios de regionalización con el Proyecto de Mancomunidades Provinciales  (1913),  frenado con el Estatuto Provincial (1925) y  con la Constitución republicana de 1931, tan solo Cataluña lograría ser primero Mancomunidad y luego poner en funcionamiento su Estatuto de Autonomía. Durante los años de 1942 a 1973 se elaboraron un total de 32 propuestas de regionalización por varios organismos y distintas personalidades, con 23 de ellas el CEOTMA publicó en 1980 una “División Regional de Síntesis” para que pudiera servir de guía para el Régimen Preautonómico de cada territorio. Se ha afirmado que durante los años de la transición asombró la rapidez seguida por los regímenes preautonómicos, aprobados entre 1977-78, en la formación del primer diseño del mapa de la preautonomía elaborado por las Asambleas de Parlamentarios Regionales, con algunas polémicas relevantes, especialmente por parte de algunas provincias que no se integraron en ningún régimen preautonómico: Asturias, Cantabria, La Rioja, León, Madrid, Murcia y  Navarra, y que luego quedarían como comunidad uniprovincial, excepto León que se incorporó en Castilla y León. Con motivo de los 25 años de Estado de las Autonomías se han publicado algunas obras que han venido ha realizar un balance sobre este primer cuarto de siglo señalando entre otros aspectos que falta consenso entre los dos grandes partidos españoles en torno al modelo de articulación territorial de España, que ha representado la más importante transformación descentralizadora del poder político que se haya conocido en Europa y en nuestro entorno occidental, con sus dificultades y limitaciones, y por último se insistía en la necesidad de una nueva cultura del territorio desde un planeamiento a escalas supramunicipales, es decir, la necesidad de profundizar en el desarrollo territorial subregional de las comunidades autónomas. A comienzos de 2011, el anuncio del Gobierno del generalizado endeudamiento de todas las autonomías, unas más que otras, así como el necesario freno a esta situación, obliga a barajar medidas de contención del gasto público, ante esto se han escuchado propuestas muy diversas, los ex presidentes del Gobierno, Aznar y González han ofrecido en ruedas de prensa soluciones políticas diferentes, el primero ha  manifestado que es inviable que las comunidades autónomas estén aspirando a “convertirse en miniestados” presentando un “territorio fragmentado”, y González, por su parte, ha propuesto prescindir de las Diputaciones Provinciales. Respecto a la viabilidad del Estado de las Autonomías han existido escritos para todos los gustos, desde los que quieren volver al pasado, al Estado Nacional donde la provincia sea considerada como genuina comunidad autónoma; frente a otros planteamientos más sensatos que desean una mayor regulación y control de las Autonomías. Las propuestas concretas, para una mayor viabilidad, se centran como datos más significativos en la desaparición de las Diputaciones Provinciales, desde distintos ámbitos ideológicos; así como en volver a examinar el mínimo exigido para ser Comunidad Autónoma en clara referencia a las Comunidades uniprovinciales, pues se ha afirmado que “el tema de la dimensión mínima y de las características deseables para una comunidad autónoma merece una profunda reflexión… Un mapa como el autonómico, nacido para superar la fragmentación provincial, no puede ser un híbrido que ampare realidades estrictamente provinciales”, según el geógrafo Burgueño.  El municipio tiene su origen en la Edad Media,  en las Ordenanzas así como en una serie de legislaciones que lo fueron desarrollando: la Ley Municipal de 1870, el Estatuto Municipal (1924), la Constitución (1978) y la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (1985) que vienen a determinar que es una entidad local con personalidad jurídica propia  los municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado de participación ciudadana en los asuntos públicos, que tienen como objetivo institucionalizar y gestionar con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. ( 1980 proponía . En la actualidad en España existen  8.116 municipios siendo las Comunidades Autónomas con mayor número: Castilla y León Andalucía, Cataluña y Castilla-La Mancha, es decir, se han hecho pocos esfuerzos dirigidos a la fusión, lo que viene a ampliar la larga relación cada vez más incompatible e insostenible con la ordenación territorial, agravada por la ausencia de una auténtica organización supramunicipal o subregional.



maria25042002: Y que es un municipio?
Anónimo: División territorial administrativa en que se organiza un estado, que está regida por un ayuntamiento.
Anónimo: dime si te sirve asi
maria25042002: Si muchas gracias
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