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Artículo 25(3): Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad y capacidad jurídica. - Artículo 27: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección, sin discriminación, entre otros motivos, por sexo.
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Espero haberte ayudado.
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3
Explicación:
Toda persona tiene el derecho a ser protegida en su libertad y en su seguridad. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordena ni privado de lo que ella no prohibe. Están proscritas la esclavitud, las servidumbres personales y la trata de personas. La ley podrá establecer cargas sociales en favor del Estado.
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